NORMAS GENERALES DE LA MUTUALIDAD DE FUTBOLISTAS 2014/2015

12 agosto 2014 | Por Redacción | Categoria: comunicados, Fútbol

Se entiende como accidente deportivo, los sufridos por los asegurados con ocasión del ejercicio de la actividad deportiva objeto del seguro, en el que se produce una lesión en el deportista, sin patología ni alteración anatómica previa.

 

Tendrán la consideración de accidentes deportivos, los ocurridos durante la celebración de uno competición o actividad deportiva, entrenamiento o desplazamiento, debidamente programada y organizada o dirigida por la FFIB o autorizada por ella.

 

LIMITE DE LA COBERTURA

 

Los servicios de asistencia Médico-quirúrgica y Sanatorial, serán prestados por la Mutualidad, durante un plazo máximo de dieciocho meses a contar desde la fecha de ocurrencia del accidente, siempre que la asistencia sea prestada en  los Centros concertados.

 

MUTUALISTAS

 

De acuerdo con lo dispuesto en los vigentes Estatutos, se consideran mutualistas asegurados los Futbolistas, Entrenadores, Encargados de Material, Preparadores Físicos, Fisioterapeutas, ATS, Ayudantes Sanitarios, Médicos, Delegados y Árbitros inscritos correctamente en la Mutualidad, de equipos que participen en cualquier competición federativa, durante la Temporada 2014 – 2015.

Los futbolistas que deben ser afiliados a la Mutualidad, serán todos excepto los del futbol sala base.

Se adquiere la condición de Mutualista, por aceptación del Boletín de Afiliación- Cotización, debidamente cumplimentado y tiene validez únicamente durante la temporada de fútbol a la que se refiere el citado Boletín, en este caso Temporada. 2014-2015.

 

RECONOCIMIENTOS SANITARIOS PREVENTIVO

 

El Reconocimiento Médico preventivo es  gratuito y  VALIDO PARA DOS AÑOS.

En todo caso, en la Mutualidad se lleva un control de los reconocimientos, que pueden ser consultados en la pág. Web de la FFIB, www.ffib.es. No obstante la Mutualidad citará a todos y cada uno de los mutualistas, con la antelación suficiente, antes de  que les caduque la fecha del reconocimiento. La no presentación en la fecha que se les indique, supone un gasto injustificado de honorarios facultativos y que de producirse, el coste será por cuenta de los equipos a los que esté afecto el federado. No se podrá alinear a ningún jugador que no haya pasado la revisión médica correspondiente.

 

ASISTENCIA SANITARIA

 

El contrato suscrito da cobertura a las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, toda lesión producida por un traumatismo puntual, violento, súbito y externo durante lo práctica deportiva, incluidos los denominados “tirones musculares”  Quedan excluidas:

a) Patologías degenerativas o lesiones derivadas de ellas (artrosis, artritis reumatoide, hernias discales, etc.).

b) Otros procesos considerados enfermedades del aparato locomotor como artritis sépticas, enfermedad de Pager, osteoporosis, enfermedad de Dupuytren, etc.

Quedan por tanto también excluidas de las coberturas de este contrato todas las patologías degenerativas.

La prestación de Asistencia Médico-Quirúrgica y Sanatorial comprende los siguientes servicios:

a) El primer traslado y evacuación del lesionado a los centros o clínicas concertados a tal efecto por medio de ambulancia u otro medio similar, cuando se trate de una lesión grave y urgente o el lesionado requiera ser hospitalizado.

b) La primera y posteriores curas, así como los tratamientos médico-quirúrgicos, las intervenciones quirúrgicas, los medios de diagnóstico, radiología, prótesis, el material de osteosíntesis, la rehabilitación y la hospitalización.

c) La recuperación funcional.

Quedan EXCLUIDOS de las coberturas de asistencia sanitaria y no serán atendidos por la Mutualidad los siguientes riesgos:

Los gastos producidos por:

– Material médico prescrito en centros no concertados por el Asegurador.

– Material ortopédico prescrito por accidentes no deportivos o para prevención de accidentes sean deportivos o no.

-El prescrito por enfermedades y para corrección de vicios o deformidades anatómicas (varo, valgo, cayos, etc.) en el supuesto de las plantillas ortopédicas y demás ortopedias.

– Los gastos derivados de la rehabilitación a domicilio.

– Los gastos de farmacia ambulatoria.

– Los gastos do odonto-estomatología en exceso de 300.00 €.

– Los gastos derivados de Asistencia Médica prestada en el extranjero en exceso de 6.010,12 €.

– El traslado del asegurado por medio de ambulancia o medios de transporte similares desde el Centro Médico donde ha recibido la asistencia a su domicilio.

 

ACTUACION EN CASO DE SINIESTRO

 

La asistencia médica  de los accidentes que sufran los asegurados, será prestada en los  Centros Médicos designados por la Mutualidad.

En el Anexo I, de este manual, se detallan los Centros Concertados con sus domicilios correspondientes, a los que podrán dirigirse los Afiliados o beneficiarios de la Mutualidad, cuando precisen que la Mutualidad les preste los Servicios Asistenciales,  en Anexo II, el Protocolo de Actuación que se deberá seguir en caso de accidente deportivo y en el Anexo III, se incluyen los impresos que se deberán utilizar.

OTROS ASUNTOS

 

El ‘Parte de Lesiones”, establecido para la asistencia sanitaria, sufre modificación con respecto a la temporada pasada, constará de un ejemplar digital que podrá ser bajado desde la pág. Web de la Mutualidad www.mutualidadfutbolistas.com en el apartado de impresos.

Reiteramos una vez más la necesidad de colaboración por parte de cuantos intervengan en casos de accidentes deportivos, para que se entregue el ejemplar destinado a Mutualidad, ya que nos encontramos en ocasiones con la situación de que, cuando han existido problemas o controversias en las atenciones o lesionados, no se dispone de los antecedentes necesarios para intervenir en forma procedente.

Los dirigentes que firmen los “Partes de Comunicación de Lesiones” necesarios para otorgar la asistencia sanitaria correspondiente, son subsidiariamente responsables de la veracidad de los hechos que se declaren en los mismos.

Se considera también indispensable para actuar sobre quejas, denuncias o reclamaciones sobre asistencia sanitaria, que se efectúen por escrito con el máximo detalle, aunque exista una anticipación telefónica, bien por parte de los siniestrados o por el club al que pertenece el accidentado, para las gestiones que debo ejecutar esta Delegación Territorial de la Mutualidad donde corresponda.

La Delegación Territorial de les Illes Balears de la Mutualidad de Previsión Social de Futbolistas Españoles a Prima Fija, se exime de toda responsabilidad que pueda derivarse, a todos los efectos, si pacientes, padres o dirigentes; adquieren indebidamente algún compromiso de asistencia de accidentes deportivos reglamentada

Aquellos asegurados que estando de baja médica, practiquen cualquier actividad deportiva, quedan automáticamente excluidos de las coberturas de este contrato

Lo que se traslada a las  Juntas Insulares de Menorca e Ibiza-Formentera de la FFIB, Comités de Árbitros y Entrenadores, Escuela de Entrenadores. Centro de Tecnificación y Clubes afiliados a la Federación, para su conocimiento y consiguientes efectos.

 

PROHIBICION DE ACUDIR A LA SEGURIDAD SOCIAL

 

Reiteramos como en temporadas pasadas, que no se debe hacer un uso indebido de los servicios médicos de la Seguridad Social.

Dicho lo cual, se entiende que, si se infringe esta norma, las facturas generadas por la asistencia prestada en centro no concertado o de la Seguridad Social sin justificación previa, correrán a cargo del club, bien con devolución de la correspondiente factura o en su caso si se ha procedido al pago de la misma, se procederá al cargo en la cuenta del club implicad.

 

LA MUTUALIDAD CUBRE EL ACCIDENTE DEPORTIVO, NO ES UN SEGURO DE ENFERMEDAD. EN CASO DE ENFERMEDAD DEBEN ACUDIR A SU MÉDICO.

Queremos llamar la atención de todos los clubes sobre el hecho de que muchas de las asistencias no se pueden considerar urgencias. Hay varios casos como por ejemplo:      

  • Cuando la dolencia es leve (como el propio informe de urgencias detalla) con lo que no requería una visita urgente y podía haber esperado hasta el lunes a las 17 h cuando  se inicia la consulta en el ambulatorio de la MUTUALIDAD.

  • Cuando el futbolista vuelve a las Clínicas para una consulta médica sucesiva después de la urgencia, cuando tendría que ir al ambulatorio de  la MUTUALIDAD.      

  • Cuando el futbolista vuelve a las Clínicas para un tratamiento de rehabilitación o una cura en enfermería después de la urgencia, cuando tendría que ir a la MUTUALIDAD. 

     

Por ello, puesto que es del interés de todos los clubes el racionalizar el consumo de las urgencias para garantizar la continuidad y viabilidad del servicio médico que reciben, desde  MUTUALIDAD, formulamos las siguientes peticiones a cada club: 

–   Racionalizar el número de pacientes que se envían a urgencias durante un partido o entrenamiento, salvo urgencia grave que necesite sin ningún tipo de duda asistencia urgente. Una molestia leve debería poder esperar a que abra la MUTUALIDAD el lunes 

–   En caso de lesión deportiva urgente, y a pesar de lo que indica el informe de urgencias al paciente de que vuelva a urgencias para un control, tener claro e informar al futbolista lesionado de que el seguimiento del paciente debe realizarse en ambulatorio de la MUTUALIDAD donde médicos y fisioterapeutas cualificados atenderán al paciente.

 –  En caso de que el fisio del club necesite opinión médica, derivar siempre al futbolista al ambulatorio de la MUTUALIDAD, no a las Clínicas.

 –   Informar periódicamente, y más de una vez por temporada, a todos los integrantes del club que la norma es acudir al ambulatorio de la MUTUALIDAD para recibir atención médica y la excepción debe ser acudir a las Clínicas para una lesión deportiva urgente y no al revés.

 

LA MUTUALIDAD CUBRE EL ACCIDENTE DEPORTIVO, NO ES UN SEGURO DE ENFERMEDAD. EN CASO DE ENFERMEDAD DEBEN ACUDIR A SU MÉDICO. Si seguimos recibiendo  urgencias y visitas a clínica injustificadas, nos veremos en la obligación de endosar cada factura que no proceda al club correspondiente o en su defecto al mutualista que haya hecho mal uso del servicio. Agradecemos y confíamos de antemano  en la colaboración activa de cada club y en particular  de sus responsables, para racionalizar el uso  del servicio de urgencias, ambulancias y visitas injustificadas.

ANEXO I

CUADRO MÉDICO TEMPORADA 2014 – 2015

LOS MUTUALISTAS LESIONADOS, DEBERÁN SER ATENDIDOS EN LOS CENTROS HOSPITALARIOS O AMBULATORIOS CONCERTADOS QUE FIGURAN EN EL PRESENTE CUADRO MÉDICO, DE LO CONTRARIO LA MUTUALIDAD NO SE HARÁ RESPONSABLE DE LOS GASTOS OCASIONADOS.

 

CON LA EXCEPCIÓN DE FÚTBOL SALA BASE C.I.M. (SÓLO MALLORCA) QUE DEBERÁN SER ATENDIDOS EN CENTROS DE PREVISIÓN BALEAR – 971720210

 

URGENCIAS 24 HORAS

    • PALMA: Policlínica Miramar – Camino Vecinal La Vileta,30 – T. 971767000   (A partir del día 1 de julio de 2013)    
    • MANACOR: H. de LLevant – C/Escamarla,6 – Porto Cristo – T. 971822400 
    • MURO: H. General de Muro -C/ Velers, 1-Playas de Muro – T.971891900 
    • CIUDADELA: C. Juaneda Menorca – C/ Canonge Moll, s/n -T.971481500 
    • MAHÓN: Policlínica Virgen de Gracia – Av. Vives Llull, 6 – T.971351115 
    • IBIZA: Centro Médico San Ciriaco – C/ Aragón, nº 9-1 – TELF: 971392188 Y 971391392. (HORARIOS: De Lunes a Viernes de 09’00 a 13’30 h. y de 17’00 a 20’00 h. Sábados de 10’00 a 14’00 h y de 17’00 a 20’00 h. De 20’00 h a 23’00 h  urgencias telefónicas  638 511 560. Domingos de 10’00 a 14’00 h)  
    • IBIZA: Hospital Can Misses – C/ Corona, s/n –  T.971 39 70 00 (HORARIOS: De Lunes a Viernes a partir de las 20’00 h – Sábados a partir de las 23’00 h y Domingos a partir de las 14’00 h.
    • FORMENTERA: H. de Formentera-Venda des Brolls, s/n – T. 971321212.

 

SERVICIOS MÉDICOS AMBULATORIOS

    • PALMA: Ambulatorio Mutualidad – C/ Sócrates, 1B, 1º – Horas de consulta: L,M,X,J y V a las 17’00 h. T. 971420855.  
    • MAHON: Dr. Anciano-Lunes y Dr. Prieto-Viernes – Policlínica Virgen de Gracia – Av. Vives Lull,6 – T. 971351115.    (Horas concertadas)
    • IBIZA: Centro Médico San Ciricaco –C/ Aragón 9-11- Tel. 971 39 21 88 y 971 39 13 92 (Para horas concertadas, preferentemente los miércoles.

 

 

AMBULANCIAS

971.204.111 ó  061 

 

NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LA ASISTENCIA      

 No se olviden de hacer firmar a los padres, tutores o personas a las que entreguen el parte de  lesiones, los impresos confeccionados para  el acuse de recibo, con el fin de evitar malos entendidos.   El parte de lesiones deberá presentarse debidamente cumplimentado y firmado. 

 

Informa: DeporteBalear.com. Fuente: FFIB.  Mutualidad de futbolistas

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