Horarios y resultados Polideportivo Previas R.F.E.F. Sanciones FFIB El Atlético Baleares puede disputar con público el play-off por el ascenso

19 junio 2020 | Por Redacción | Categoria: Ascensos y descensos, Fútbol

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El play-off por el ascenso a Segunda División, en el que participará el Atlético Baleares de Manix Mandiola, podrá disputarse con público. Así lo ha adelantado la web de información deportiva Iusport, quien asegura que será la Junta de Andalucía y no el CSD quien tendrá la última palabra sobre las condiciones de los encuentros para la fase de ascenso, al tratarse de fútbol no profesional.

Según el CSD, «no depende de la RFEF que los encuentros de disputen a puerta cerrada».

El CSD se ha pronunciado acerca de la disputa de los partidos de los playoff en su informe previo a la comisión directiva de ayer que finalmente aprobó la reforma reglamentaria acordada por la RFEF para dar cobertura al cierre de la temporada en las competiciones no profesionales.

Dice el informe del CSD, en relación con la nueva Disposición Adicional 4ª del Reglamento General de la RFEF:

«En relación con el apartado 1.b) que dispone que “todos los encuentros deberán disputarse sin público” procede señalar que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, dicha competencia corresponde en el marco del deporte no profesional “a las administraciones competentes”. Por tanto, se sugiere modificar la redacción de dicho apartado según lo indicado ya que no depende de la RFEF que los encuentros de disputen a puerta cerrada».

El art. 15 del referido Real Decreto-Ley deja claro que, salvo en las competiciones profesionales, la competencia para decidir sobre la apertura de los estadios corresponde a las CCAA:

“1. Las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de las instalaciones en las que se desarrollen actividades y competiciones deportivas, de práctica individual o colectiva, de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas establezcan.

2. En el caso de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto, la administración competente para la aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior será el Consejo Superior de Deportes, previa consulta al organizador de la competición, al Ministerio de Sanidad y a las Comunidades Autónomas.”

 

Según informó Irene Aguiar en IUSPORT, este precepto invade las competencias autonómicas en materia de espectáculos públicos, ya que, a su juicio, las CCAA deberían ser las competentes en todos los casos.

 

Pero en lo que atañe al tema que ahora nos ocupa, el CSD no lo discute cuando de competiciones NO profesionales se trata.

 

Por consiguiente, según se desprende del informe del CSD, la fase de ascenso de Segunda B a Segunda, que se celebra en tres ciudades andaluzas (Málaga, Marbella y Algeciras), podría celebrarse con público si lo autoriza la Junta de Andalucía.

 

Y los otros playoff para ascender a Segunda B podrían ser autorizados por las respectivas CCAA.

iusport.com

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