La juez desestima la demanda de la RFEF para anular los Estatutos de la LNFS

31 marzo 2022 | Por Redacción | Categoria: Fútbol, Fútbol Sala, RFEF, Sanciones comité competición Fútbol

 

  • La RFEF tenía como principal objetivo mantener su potestad sancionadora hacia el actual presidente de la LNFS, Javier Lozano.

31/03/2022.- La titular del Juzgado de 1ª instancia nº 64 de Madrid ha desestimado la demanda presentada por la Real Federación Española de Fútbol contra la Liga Nacional de Fútbol Sala en la que solicitaba la nulidad del acuerdo adoptado en la Asamblea General Extraordinaria de la LNFS, del pasado 7 de julio de 2020, en la que se llevó a cabo la modificación parcial de los Estatutos de la LNFS, al considerar que no se ha justificado por parte de la RFEF ni un solo requisito de la acción de anulabilidad a la que se refiere la demanda.

Ante los argumentos de impugnación de la RFEF, quien recordemos no es asociada de la LNFS y que solo presenta la demanda para poder mantener su potestad sancionadora hacia el presidente de la LNFS, Javier Lozano en la actualidad, la jueza expuso en los fundamentos de derecho la falta de legitimación de la RFEF para ejercer la acción de impugnación del acuerdo de modificación de los Estatutos que rigen la LNFS, determinando, como no puede ser de otra manera, que los designios de la LNFS solo competen a sus asociados, sin que la RFEF tenga nada que alegar.

Además, indica que la posibilidad de modificar los Estatutos es un derecho de los clubes y entidades deportivas que son socios de la LNFS y entra dentro de la capacidad de auto organización, sin que la RFEF figure como socio y sin que exista norma alguna que así lo reconozca.

Los Estatutos de la RFEF reconocen en su artículo 49.2 que “la LNFS, sin perjuicio de su integración y dependencia de la RFEF, goza de personalidad jurídica propia respecto de ésta y ostenta, además, las competencias necesarias para el desarrollo de sus fines”.

La Asamblea de la LNFS tiene plena potestad de cambiar sus Estatutos a través de los acuerdos adoptados por los clubes asociados, sin perjuicio de impugnación, en los que no se incluye a la RFEF en su composición, por tanto, en ningún caso dichos acuerdos podrán ser impugnados por la RFEF ni solicitar la nulidad de los Estatutos al no ser socio.

Los Estatutos de la LNFS, tras su modificación, facultan a la Asociación a afiliar a la misma a todos aquellos clubes o entidades deportivas que participen en competiciones oficiales de Fútbol Sala en cualquiera de sus categorías, con independencia de su género, y que cumplan los requisitos establecidos en estos Estatutos, y que hayan sido admitidos por acuerdo de la Junta Directiva de esta Asociación.

LNFS.

 

 

 

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